| BIS II podrÃa ser la herramienta que estabilice el sistema financiero en el futuro |
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| Escrito por quela | |||
| Martes, 28 de Octubre de 2008 14:26 | |||
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BIS II concede gran importancia a la gestión integral del riesgo. Lejos de ser únicamente una nueva fórmula para calcular el capital regulatorio (haciéndolo más sensible a la realidad de los riesgos gestionados), el Nuevo Acuerdo otorga mayores responsabilidades a las propias entidades incentivándolas a utilizar las técnicas más avanzadas en todos los procesos de gestión y control de la globalidad de sus riesgos incurridos. Avanzar en al gestión de riesgos en una entidad es una necesidad. BIS II indica claramente las metas estratégicas a lograr, si bien el camino para alcanzarlas exige, en cada organización, un elevado esfuerzo por parte de todas las áreas involucradas.
Orígenes del Riesgo: La percepción del riesgo existe desde el origen de los tiempos. El hombre trata de desembarazarse de él traspasándolo o mutualizándolo. Ya en el siglo XX a.C, el código Hammurabi en Babilonia, establecía la mutualización de pérdidas por accidentes de trabajo (naval) y pérdidas comerciales. Posteriormente, la ley de Rodas en Grecia o el contrato Mutuum (crédito mutual) en Roma avanzan en este concepto. En el siglo I se establece el préstamo a la gruesa, por el cual un armador recibe dinero antes del traslado y llegado a puerto lo devuelve con unos intereses, pero si no llega se lo queda. Estos antecedentes tienen una característica común: capital en riesgo en efectivo y equivalente a la máxima pérdida.
Probabilidad: Un elemento clave en el avance en la teoría del riesgo lo constituye la probabilidad. En Babilonia parece estar el origen de la rueda (siglo XXXV a.C.) y con ella el de la ruleta, los dados aparecen en el Egipto (siglo XXVII a.C.), posteriormente en el siglo XV aparecen los naipes, todos ellos elementos claves para entender el concepto de probabilidad. Hay que esperar hasta el siglo XVI, para que Pierre de Fermat y Blas Pascal, asentaran la teoría de las probabilidades en un intercambio de cartas para evaluar el precio del riesgo que estaba asumiendo un amigo en común. En el siglo XVII las casas de juego ponen en la práctica un avance fundamental en la teoría del riesgo al introducir una disociación entre el Capital Efectivo y Capital en Juego (Efectivo + Probabilidad): Todos apuestan contra la casa y la casa no necesita tener la suma de capitales de los apostantes.
Seguro: Pierre de Fermat y Blas Pascal no llegan a formalizar el concepto de capital económico, el origen está en el seguro y más concretamente en Lloyds. Allá por el siglo XVII, esta institución era una afamada taberna que traía la bebida de moda (el café), y en la misma y para saciar el furor por el juego, se hacían apuestan sobre el éxito de la llegada de los buques del café. Hecho que aprovecharon los armadores para, jugando en su contra, asegurar en cierta forma su cargamento. Pocos años más tarde, tras el incendio de Londres, Jacobo Bernoulli establece la ley de los grandes números: la frecuencia tiende asintóticamente a la probabilidad cuando los casos se aproximan a infinito (por ejemplo, cara/cruz). Entrados en el siglo XVIII, Abraham de Moivre fija en 1734 el teorema central del límite y Daniel Bernoulli (sobrino de Jacobo), formula en 1738 la Teoría Clásica del riesgo, introduciendo el concepto de nivel de confianza en las distribuciones normales y planteando los procesos de convolución.
Mercado y Crédito: Ya en el siglo XX, Fisher Black, Myron Acholes y Robert Merton establecen la fórmula de valoración de las opciones (dos ecuaciones con tres incógnitas) e introducen el concepto de réplica de carteras (hacer portfolios de activos arriesgados que queden libres de riesgo por algún tiempo).
Regulación: Con todo lo anterior, parece lógico pensar que existiera la necesidad de establecer unos estándares mínimos que asegurasen unos niveles de capital adecuados en el sistema financiero. En 1913 la Reserva Federal establece unos requisitos mínimos de capital. En 1930 se crea el Banco Internacional de Pagos de Basilea. En dicho marco se gestionan los acuerdos de capital conocidos como BIS I y BIS II.
Basilea II (BIS II) BIS II pretende sustituir el anterior acuerdo de capital (BIS I) que data de 1988, y que establecía, en términos generales, la necesidad de mantener un capital mínimo equivalente al 8% de riesgos asumidos. Este capital, denominado “regulatorio”, busca garantizar la solvencia de las entidades frente a posibles pérdidas generadas por sus posiciones de riesgos de crédito, de cambio, y de mercado no cubiertas mediante provisiones. BIS I ha contribuido, sin lugar a dudas, a fortalecer los estándares internacionales de determinación de necesidades de capital. Sin embargo, BIS II supone un importante salto cualitativo frente a la norma anterior dado que:
Todo ello, además, preservando el principio de neutralidad de capital, esto es, el mantenimiento de los niveles actuales de capitalización del sistema financiero.
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¿Qué es BIS? A través de sus tres pilares, BIS II se convierte en una herramienta de incalculable valor para mejorar nuestros actuales modelos de gestión. El primer pilar hace referencia a la metodología de cálculo del capital regulatorio necesario para cubrir adecuadamente el riesgo de crédito, el riesgo de mercado y el riesgo operacional. Su aplicación incentiva la utilización de las técnicas más avanzadas de medición de riesgos. Para medir el riesgo de crédito, la nueva norma permite optar por dos métodos de cálculo.
En el caso del riesgo de mercado, el pilar 1 no incorpora modificaciones en relación a la modificación de Basilea I en 1996, manteniéndose, por lo tanto:
Por último, el Pilar 1 incorpora la novedad del cálculo del consumo de recursos propios por riesgo operacional. La medición de este riesgo puede realizarse a través de:
![]() El segundo pilar de BIS II está dedicado al nuevo rol otorgado a los organismos reguladores del mercado. Potencia las facultades supervisoras, a la vez que incrementa la capacidad de autoevaluación de los niveles de capital por parte de las entidades que dispongan de un modelo de capital “económico” que integre adecuadamente la totalidad de los riesgos. Por lo tanto, el pilar 2 fomenta un modelo de relación más efectivo entre todos los participantes gracias a la utilización de mecanismos de evaluación más afinados a las necesidades de sus recursos propios de cada entidad financiera en función de su propio perfil de riesgo.
![]() El tercer y último pilar se encarga de mejorar la transparencia informativa hacia terceros. De cara al mercado, el pilar 3 exige a las entidades facilitar una información clara sobre su perfil de riesgo, así como sobre las actividades y controles utilizados para mitigar los riesgos asumidos. A su vez, se adecua la solicitud de información regulatoria a las nuevas posibilidades de auto evaluación otorgadas, a efectos de poder garantizar la adecuada supervisión del sistema. Sin duda, este incremento de transparencia permitirá a las entidades “poner en valor” las buenas prácticas desarrolladas en el marco de la gestión integral del riesgo y potenciar la estabilidad de su relación con los mercados.
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Impactos de BIS II para las Entidades Financieras BIS II no es una mera actualización de la metodología de cálculo de capital regulatorio, se trata de un verdadero medio para lograr disponer de un “modelo integral de gestión de riesgos”. En efecto, aquellas entidades que tengan implantado BIS II en sus procesos y sistemas se encontraran con una posición de ventaja competitiva antes el mercado, dado que:
Implantar BIS II es una entidad no es tarea fácil y requiere un verdadero cambio de cultura. De hecho, en aquellos países donde BIS II es de obligado cumplimiento, los reguladores están exigiendo a las entidades una verdadera integración del modelo dentro de su estructura general de gestión y control del riesgo. Por lo tanto, lograr esta implantación efectiva implica llevar a cabo un proyecto ambioso, de gran alcance, con una importante implicación del a alta dirección y de las distintas áreas y departamentos. Los grandes bancos españoles están en este proceso de integración. De su buen funcionamiento y de su efectividad depende no caer en un alto riesgo que ponga al filo del cuchillo el sistema nacional.
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A 8 de febrero de 2010 |
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